Motocicletas
- Una motocicleta tiene un tamaño de motor de más de 150 cc y no más de 3 ruedas.
- Una motocicleta tiene que estar matriculada y el conductor debe tener licencia de motocicleta (M1).
- Los titulares de una licencia M1 pueden operar cualquier bicicleta, ciclomotor o scooter motorizado sin una aprobación M2.
Ciclomotores
- Una motocicleta tiene un tamaño de motor de 149 cc o menos. CVC §405
- Es necesario matricular una motocicleta y el conductor debe tener permiso de motocicleta (M1).
NOTA: Las motocicletas de tres ruedas o una motocicleta con sidecar solo requieren una licencia de conducir de Clase C. Código de Vehículos de California (CVC) §12804.9
ciclomotores
Una "bicicleta motorizada" o "ciclomotor" es:
- Un dispositivo de dos o tres ruedas, capaz de alcanzar no más de 30 mph en terreno nivelado y equipado con:
- Pedales totalmente operativos para propulsión humana.
- Un motor que produzca menos de dos caballos de potencia bruta al freno y una transmisión automática.
- Un motor eléctrico, con o sin pedales, para propulsión humana. (CVC §406(a))
El conductor debe tener licencia de motocicleta (M1 o M2).
Si opera una bicicleta motorizada que cumple con la definición de CVC §406(b), usted:
- Debe tener 16 años o más.
- Deberá llevar casco de bicicleta correctamente ajustado y abrochado.
- Están exentos de los requisitos de responsabilidad financiera de vehículos motorizados, licencia de conducir y placas de ciclomotor (CVC §12804.9).
- A una bicicleta motorizada se le emiten placas y tarjetas de identificación especiales, lo que requiere una tarifa única $18. No se requiere renovación.
scooters
- Un scooter motorizado es un dispositivo de dos ruedas que tiene manillar, una tabla de piso diseñada para mantenerse de pie mientras se conduce y funciona con un motor. Hacer clic aquí para más información CVC §407.5
- El scooter motorizado NO tiene que estar matriculado. Se puede conducir un scooter motorizado con una licencia de conducir de cualquier clase.
Manual de motocicleta